Ambos solicitan el archivo del procedimiento ante el JEE Pacasmayo, que evalúa posible vulneración a la neutralidad electoral.
Uso de cámara institucional en mitin partidario
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo abrió un proceso por presunta vulneración al principio de neutralidad electoral, tras revelarse que una cámara de video inventariada del Congreso fue utilizada para registrar un evento de Fuerza Popular el 30 de octubre de 2025, en el que Keiko Fujimori anunció su precandidatura presidencial.
Fernando Rospigliosi (Presidente del Congreso)
• Niega vínculo directo con el uso del equipo: no ordenó, autorizó ni participó en la operación de la cámara.
• Argumenta que su rol es político e institucional, no operativo ni logístico.
• Señala que el hecho ocurrió fuera de sede, en un evento partidario, sin relación con funciones oficiales.
• Solicita el archivo del procedimiento, alegando falta de evidencia y ausencia de nexo funcional.
Giovanni Forno (Oficial Mayor)
• Estaba de vacaciones el día del evento (30 de octubre), con funciones delegadas a Jaime Abensur Pinasco.
• Alega que no hubo conducta activa, por lo que no puede atribuírsele responsabilidad por omisión.
• Niega competencia funcional durante el periodo investigado.
Ambos señalan que la Oficialía Mayor inició acciones sancionadoras contra los servidores directamente involucrados en el uso del equipo.
Si el JEE determina responsabilidad:
• Sanción administrativa por vulneración al principio de neutralidad electoral, que puede incluir amonestación o suspensión.
• Informe al Congreso o al Ministerio Público, si se presume uso indebido de bienes públicos con fines partidarios.
• Recomendación de medidas correctivas en la gestión de equipos institucionales.
Si se archiva el procedimiento:
• Se cierra el caso sin sanción, pero podría derivar en acciones internas del Congreso por uso irregular de bienes.
• El precedente podría motivar revisión de protocolos de uso de equipos audiovisuales en actividades no oficiales.
• El principio de neutralidad electoral exige que autoridades no usen recursos públicos para favorecer candidaturas.
• La responsabilidad puede ser directa (orden, autorización) o indirecta (omisión, negligencia).
• La defensa de Rospigliosi se basa en la ausencia de nexo funcional y de evidencia directa, mientras que Forno apela a la inactividad por vacaciones.

