JNE declara fundada vacancia del alcalde de Santiago por nepotismo: resolución N.º 0584-2025-JNE

Santiago, Ica – En una decisión trascendental para la gobernabilidad local, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la solicitud de vacancia contra el alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, Ismael Francisco Carpio Solís, por incurrir en la causal de nepotismo.

La medida fue adoptada mediante la Resolución N.º 0584-2025-JNE, emitida el 30 de octubre de 2025, tras un extenso proceso administrativo y jurisdiccional iniciado por el ciudadano Julio Ccencho Condori.

Antecedentes del caso
La solicitud de vacancia fue presentada el 14 de febrero de 2024, alegando que el alcalde habría contratado a su primo hermano, Sergio Francisco Carpio Solís, como operador de producción y mantenimiento en el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Semapas), bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS).

El vínculo familiar fue sustentado con partidas de nacimiento, fichas Reniec y un árbol genealógico que confirmaba el parentesco en tercer grado de consanguinidad.
A pesar de los descargos del alcalde, quien argumentó que el trabajador fue contratado por la gestión anterior y que su continuidad laboral estaba protegida por la Ley N.º 31131, el recurrente demostró que el contrato CAS había concluido en diciembre de 2022 y que la nueva contratación en 2023 no estaba debidamente sustentada por resolución administrativa ni por documentación técnica.

Trámite y apelaciones
El Concejo Municipal de Santiago rechazó inicialmente la solicitud de vacancia en sesión extraordinaria del 15 de abril de 2024, formalizada mediante el Acuerdo de Concejo N.º 020-2024-MDS/A-REGION-ICA. Ante ello, Ccencho Condori interpuso recurso de apelación, señalando que el concejo no valoró adecuadamente las pruebas del vínculo familiar ni la contratación directa durante la gestión del alcalde.
El JNE, mediante la Resolución N.º 0329-2024-JNE, declaró nulo el acuerdo municipal y ordenó una nueva sesión extraordinaria.

A pesar de ello, el concejo volvió a rechazar la vacancia el 4 de agosto de 2025, mediante el Acuerdo N.º 056-2025-MDS/A-REGION-ICA, lo que motivó un nuevo recurso de apelación.

Fundamentos jurídicos
La resolución del JNE se basa en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), que establece la vacancia por nepotismo. También se sustenta en la Ley N.º 26771 y su modificatoria N.º 312991, que prohíbe la contratación de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad en el sector público, incluso bajo contratos de locación de servicios o consultoría.

El JNE aplicó el análisis tripartito exigido por su jurisprudencia:

1. Existencia de parentesco entre el alcalde y el trabajador.
2. Contratación del familiar dentro de la entidad municipal.
3. Injerencia directa o indirecta del alcalde en dicha contratación.

Los tres elementos fueron considerados probados, especialmente porque el alcalde reconoció el parentesco en sesión de concejo y no presentó pruebas suficientes que acreditaran la continuidad legal del contrato.

 Decisión final
Con base en los agravios expuestos, la documentación probatoria y la normativa vigente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió:
• Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Julio Ccencho Condori.
• Revocar el Acuerdo de Concejo N.º 056-2025-MDS/A-REGION-ICA.
• Declarar la vacancia del cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, por la causal de nepotismo.
• Disponer que el primer regidor hábil asuma el cargo de alcalde, conforme al artículo 24 de la LOM.

Implicancias políticas y administrativas
La resolución marca un precedente importante en la lucha contra el nepotismo en gobiernos locales.

Además, refuerza el rol fiscalizador de los ciudadanos y la obligación de los concejos municipales de evaluar objetivamente las pruebas presentadas en procesos de vacancia.

La Municipalidad Distrital de Santiago deberá proceder con la juramentación del nuevo alcalde y garantizar la continuidad de los servicios públicos, especialmente en áreas sensibles como Semapas.

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